Sistema Armonizado

Sistema Armonizado
Comercio Internacional

miércoles, 3 de febrero de 2016


 

La estructura nacional e internacional del S.A.

El sistema armonizado esta constituido por grupos o conjuntos de mercancias ordenados logica y sistematicamente. Dichos codigos estan constituidos por seis digitos y son iguales en todos los paises. El Convenio del S.A. permite cierta flexibilidad ya que si un pais requiere estadisticas mas detalladas podra agregar tantos digitos como desee despues de los 6 utilizados mundialmente y por otro lado los paises en vias de desarrollo podran utilizar unicamente los primeros 4 digitos.
Un codigo de 6 digitos esta compuesto por lo siguiente
*Los dos primeros digitos indican el capitulo en que se encuentra la partida
*Los dos que siguen identifican la partida .
*los  2 ultimos significan las subpartidas


 

Tarifa de la ley de impuestos generales de Importación y Exportación

 

Los impuestos generales de importacion y exportacion se causaran según corresponda , de conformidad con la tarifa vigente.
Sus reglas generales son las siguientes:
1.- Los titulos de las secciones , de los capitulos o subcapitulos solo tienen un valor indicativo.
2.- Cualquier referencia a un articulo en una partida alcanza al articulo incluso incompleto o sin terminar siempre que esten presentes sus caracteristicas escenciales.
3.- Cuando una mercancia pudiera clasificarse, en principio, en dos o mas partidas, la clasificacion sera según lo aquí dispuesto (ver reglas).
4.- Las mercancias que no puedan aplicarse según lo dispuesto en el punto anterior, seran clasificadas en la que contenga mayor analogia.
5.- Ademas de las disposiciones precedentes las mercancias estaran sujetas a las disposiciones establecidas en este articulo ( ver reglas)
6.- La clasificacion de mercancias  en las subpartidas de una misma partida esta determindada legalmente por los textos de estas subpartidas y de las notas de la subpartida  asi como por las reglas anteriores.


Asi mismo existen reglas complementarias:

1.- Las reglas generales para la interpretacion de la tarifa son iguialmente validas para establecer dentro de cada subpartida la fraccion arancelaria aplicable.
2.- La tarifa del articulo 1 de esta ley esta dividida en 22 secciones  que se identifican con numeros romanos, sin que dicha numeracion afecte la codificacion de las fracciones.
3.- Para efectos de interpretacion y aplicación  de la tarifa, la SE dara a conocer mediante acuerdos las notas explicativas
4,- Con objeto de mantener la unidad de criterio la SHCP expedira mediante publicacion los criterios de clasificacion arancelaria.
5.- Las abreviaturas empleadas en la tarifa de esta ley son de manera enunciativa (ver reglas)
6.-Cuando se mencionen limites de peso en la tarifa sera exclusivamente referido al peso de las mercancias
7.-Para dar cumplimiento a las negociaciones con otros paises, las reducciones se incluiran en las fracciones o en un apendice adicionado.
8.- Previa autorización.
9.-No se consideran mercancías.
10.- Las autoridades competentes podran exigir en caso de duda o controversia los elementos que permitan la correcta identificacion


Ejemplos

Reglas generales y reglas complementarias

Fundamenta con base en la regla que le corresponda a cada una de las siguientes situaciones, recuerda que puede ser General o Complementaria:

1.    Un contribuyente pretende importar tornillos de acero inoxidable con diámetro de 6.2 mm y longitud de 40.8 mm, los cuales serán utilizados para atornillar las puertas de vehículos de la marca BMW, la fracción sugerida por el Agente Aduanal es la 7318.15.03, sin embargo el contribuyente sugiere la fracción 7318.15.04. Cuál es la Regla Complementaria aplicable para poder clasificar en la fracción arancelaria 7318.15.03?

Como tal no encontré ninguna regla complementaria que me ayudara en este supuesto, sin embargo en cuanto a regla general, me parece que la regla para clasificar este supuesto es la: 3. Cuando una mercancía pudiera clasificarse, en principio, en dos o más partidas por aplicación de la Regla 2 b) o en cualquier otro caso, la clasificación se efectuará como sigue. Misma que para este supuesto concuerdo con la clasificación del agente aduanal ya que los tornillos serán destinados para uso automotriz, tal y como señala esa fracción.



2.    Donde se menciona que los textos de las partidas tienen el mismo valor que las Notas Legales de Sección y de Capítulo.

Regla general 1. Los títulos de las Secciones, de los Capítulos o de los Subcapítulos sólo tienen un valor indicativo, ya que la clasificación está determinada legalmente por los textos de las partidas y de las Notas de Sección o de Capítulo y, si no son contrarias a los textos de dichas partidas y Notas, de acuerdo con las Reglas siguientes:


3.    Disposición que establece que la autoridad aduanera competente de la SHCP podrá exigir en caso de controversia los elementos que permitan la identificación arancelaria de las mercancías.

Regla complementaria 10 Las autoridades aduaneras competentes de la SHCP podrán exigir en caso de duda o controversia, los elementos que permitan la identificación arancelaria de las mercancías; que los interesados deberán proporcionar en un plazo de 15 días naturales, pudiendo solicitar prórroga por un término igual. Vencido el plazo concedido, la autoridad aduanera clasificará la mercancía como corresponda, a partir de los elementos de que disponga.



4.    Cuál es el fundamento legal que me permite bajar el texto de las subpartidas de 1er o 2do. nivel  de una partida.  
Regla complementaria 2da La Tarifa del artículo 1 de esta Ley está dividida en 22 Secciones que se identifican con números romanos, ordenados en forma progresiva, sin que dicha numeración afecte la codificación de las fracciones arancelarias. Las fracciones arancelarias son las que definen la mercancía y el impuesto aplicable a la misma dentro de la subpartida que les corresponda, y estarán formadas por un código de 8 dígitos, de la siguiente forma…

5.    Se presenta una pick-up, con motor a gasolina, con capacidad de carga total de dos toneladas, para efectos de clasificación arancelaria, diga, ¿Cuál es la Regla Complementaria aplicable para su ubicación a fracción arancelaria?

Regla complementaria 6a Cuando se mencionen límites de peso en la presente Tarifa, se referirán exclusivamente al peso de las mercancías, salvo disposición expresa en contrario.


6.    Se presenta una maquina desmontada por cuestiones de embalaje y transporte, además al observarla en el almacén fiscal considera que se presenta incompleta, que Regla General aplica.
Regla general 2da  Cualquier referencia a un artículo en una partida determinada alcanza al artículo incluso incompleto o sin terminar, siempre que éste presente las características esenciales del artículo completo o terminado. Alcanza también al artículo completo o terminado, o considerado como tal en virtud de las disposiciones precedentes, cuando se presente desmontado o sin montar todavía. (RCGMCE 3.1.25.) (Criterio no vinculativo 01/LIGIE/NV, Anexo 3RMF)

7.    En caso de controversia arancelaria, la SHCP, dará a conocer criterios de clasificación en que Regla Complementaria, indique el fundamento legal.
Regla complementaria 4a Con el objeto de mantener la unidad de criterio en la clasificación de las mercancías dentro de la Tarifa de esta Ley, la SHCP, previa opinión de la Comisión de Comercio Exterior, expedirá mediante publicación en el DOF, los Criterios de Clasificación Arancelaria, cuya aplicación será de carácter obligatorio.





8.    Que Regla General aplica cuando el continente tiene un valor más elevado que el contenido.

Regla 5a. Además de las disposiciones precedentes, a las mercancías consideradas a continuación se les aplicarán las Reglas siguientes…


9.    Una empresa fabricante aprobada por la Secretaría. de Economía importa en distintos momentos y por distintas aduanas insumos como lubricantes, fieltros, tornillos, pinturas, surfactantes, declarando en el pedimento de importación una fracción arancelaria dentro de la Sección XXII.

Regla complementaria 8a Previa autorización de la SE…

10.  Que debe hacer cuando se presenta un surtido acondicionado para su venta al por menor y no puede aplicar el carácter esencial.

Regla 4. Las mercancías que no puedan clasificarse aplicando las Reglas anteriores, se clasificarán en la partida que comprenda aquellas con las que tengan mayor analogía.

11.  Se presenta durante el reconocimiento aduanero la importación de un lote de 100,000 pzas de champo para dama, acondicionado en sobres de 10 ml c/u, con un valor a 1 usd, para la promoción de una nueva línea cosmetológica. ¿Indique cuál es el sustento legal para que dicha mercancía pague impuestos?

Regla complementaria 9a No se considerarán como mercancías y, en consecuencia, no se gravarán:


12.  Disposición que establece que las negociaciones que México realiza con otros países se incluirán en un Apéndice adicionado a la Tarifa del Art. 1 de la LIGE, en donde se indica la fracción arancelaria así como el tratamiento preferencial.
Regla complementaria 7a Para dar cumplimiento a las negociaciones que los Estados Unidos Mexicanos realiza con otros países, por medio de las cuales concede tratamientos preferenciales a la importación de mercancías, éstos se incluirán en las fracciones arancelarias correspondientes de la Tarifa del Art. 1 de esta Ley o en un Apéndice adicionado a la misma; en donde se indicará la fracción arancelaria de la mercancía negociada, el tratamiento preferencial pactado para cada una de ellas y el país o países a los que se otorgó dicho tratamiento.





13.  Son de carácter obligatorio para determinar la partida y su subpartida aplicables.

Regla complementaria 3a Para los efectos de interpretación y aplicación de la Tarifa, la SE, conjuntamente con la de SHCP, dará a conocer, mediante Acuerdos que se publicarán en el DOF, las Notas Explicativas de la Tarifa arancelaria (DOF 02/07/2007 ), así como susmodificaciones posteriores (DOF 14/X/2009), cuya aplicación es obligatoria para determinar la partida y su subpartida aplicables.

14.  Indica de manera enunciativa un listado de abreviaturas de países, unidades de medida y otros.
Regla complementaria 5a Las abreviaturas empleadas en la Tarifa de esta Ley son, de manera enunciativa más no limitativa, las siguientes:


15.  La fracción arancelaria 3105.10.01 comprende: “Productos de este capítulo en tabletas o formas similares o en envases de un peso bruto inferior o igual a 10 Kg”, cuyo peso se considera una excepción en cuanto a los límites de peso expresados en la TIGIE. Qué regla lo indica
Regla 6ta. La clasificación de mercancías en las subpartidas de una misma partida está determinada legalmente por los textos de estas subpartidas y de las Notas de subpartida así como, mutatis mutandis, por las Reglas anteriores, bien entendido que sólo pueden compararse subpartidas del mismo nivel. A efectos de esta Regla, también se aplican las Notas de Sección y de Capítulo, salvo disposición en contrario.



DEFINICION , INTERPRETACION Y  EJEMPLIFICACION DE REGLA GENERAL 3º , Y REGLA COMPLEMENTARIA 9º



Regla general 3:
Definición:
Cuando una mercancía pudiera clasificarse, en principio, en dos o más partidas por aplicación de la Regla 2 b) o en cualquier otro caso, la clasificación se efectuará como sigue:

a) La partida con descripción más específica tendrá prioridad sobre las partidas de alcance más genérico (IMPUESTO GENERAL DE IMPORTACIÓN OMITIDO. RESULTA ILEGAL SU DETERMINACIÓN. SI PARA SU CÁLCULO SE UTILIZA LA TARIFA CORRESPONDIENTE A UNA FRACCIÓN ARANCELARIA QUE, ATENDIENDO A LA DESCRIPCIÓN QUE DE LA MERCANCÍA DA LA ADMINISTRACIÓN CENTRAL DE LABORATORIO DE LA ADUANA, NO LE CORRESPONDE, Tesis Circular G-0210/09). Sin embargo, cuando dos o más partidas se refieran, cada una, solamente a una parte de las materias que constituyen un producto mezclado o un artículo compuesto o solamente a una parte de los artículos, en el caso de mercancías presentadas en juegos o surtidos acondicionados para la venta al por menor, tales partidas deben considerarse igualmente específicas para dicho producto o artículo, incluso si una de ellas lo describe de manera más precisa o completa;
b) Los productos mezclados, las manufacturas compuestas de materias diferentes o constituidas por la unión de artículos diferentes y las mercancías presentadas en juegos o surtidos acondicionados para la venta al por menor, cuya clasificación no pueda efectuarse aplicando la Regla 3 a), se clasificarán según la materia o con el artículo que les confiera su carácter esencial, si fuera posible determinarlo;
c) Cuando las Reglas 3 a) y 3 b) no permitan efectuar la clasificación, la mercancía se clasificará en la última partida por orden de numeración entre las susceptibles de tenerse razonablemente en cuenta.
Interpretación:
Se refiere a que hay partidas que su por su naturaleza o componentes pueden ser perfectamente identificadas en dos o más partidas distintas, en estos casos se aplicaran una serie de pasos para lograr clasificar dicha mercancía en la partida que cumpla en mayor medida con las características de dicha mercancía y de esta manera lograr una clasificación correcta.
Ejemplificación:
Aceite de hígado de bacalao podría clasificarse en esta partida 15041001, sin embargo siguiendo existe otra que por sus característica emulsionada y siguiendo la regla antes mencionada es la que le corresponde 3001.20.01





Regla complementaria 
Definición:
No se considerarán como mercancías y, en consecuencia, no se gravarán:

a) Los ataúdes y las urnas que contengan cadáveres o sus restos (Art. 61 fracc. XII L.A.) ;
b) Las piezas postales obliteradas que los convenios postales internacionales comprenden bajo la denominación de correspondencia;
c) Los efectos importados por vía postal cuyo impuesto no exceda de la cantidad que al efecto establezca la SHCP, mediante Regla de carácter general en materia aduanera (RCGMCE 3.7.1.), y
d) Las muestras y muestrarios (RCGMCE 3.1.27.) que por sus condiciones carecen de valor comercial. Se entiende que no tienen valor comercial:

Los que han sido privados de dicho valor, mediante operaciones físicas de inutilización que eviten toda posibilidad de ser comercializados; o
Los que por su cantidad, peso, volumen u otras condiciones de presentación, indiquen sin lugar a dudas, que sólo pueden servir de muestras o muestrarios.
En ambos casos se exigirá que la documentación comercial, bancaria, consular o aduanera, pueda comprobar inequívocamente que se trata de muestras sin valor.
Interpretación:
Existen artículos o mercancías que por su esencia pura tienen que venir acompañando a otras, ya sea como parte de las mismas o en conjunto con la mercancía o de lo que se esté hablando, por esta misma razón dichas mercancías anexas no se consideraran gravables puesto que se consideran parte de un todo y de la mercancía principal con la que vengan.

Ejemplificación:
Cuando una persona muere en el extranjero y es necesario enviar su cuerpo a su país natal, el ataúd en el que se traslada el cuerpo será objeto ingravable puesto que se considera necesario para el transporte del mismo.